(Tania García. Socia ALIATS-LEGAL)

 

¿Llevas años pagando cuotas pero la deuda de tu tarjeta no termina nunca?, posiblemente tengas una #tarjeta #revolving.

La única solución para de dejar de sumar #intereses y acabar con la #deuda #perpetua es cancelando el contrato de tarjeta de crédito para recuperar lo pagado de más.

 

Te contamos más sobre este tipo de tarjetas:

Nueva normativa sobre Tarjetas Revolving en 2021

El 2 de enero de 2021 entraba en vigor la nueva normativa sobre tarjetas revolving  (BOE núm. 203, de 27 de julio de 2020) que busca dar mayor claridad y transparencia a la comercialización de este tipo de productos financieros.

La nueva norma exige a las entidades bancarias un estudio previo de solvencia y la obligación de dar información no sólo precontractual (contratos formalizados tras la entrada en vigor) sino también información periódica trimestral y adicional, (esto último también se aplicará a los contratos formalizados antes del 2 de enero).

Pero lo cierto es que, las entidades financieras siguen incumpliendo en su mayoría la normativa vigente. Desde que entró en vigor la norma deben cumplir con estos requisitos pero los contratos firmados con anterioridad siguen manteniendo intereses desproporcionados, generando una deuda perpetua a la que sólo podemos poner fin anulando el contrato.

¿Qué son las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que todas las operaciones, ya sea pago de compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma y dentro de un límite de crédito, se pagan a plazos.  Esta es la “ventaja” principal de este tipo de tarjetas, pues aparentemente, tú decides cuánto quieres pagar de forma periódica. Lo más habitual es pagar una cuota fija cada mes, que suele y puede ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.

¿Cómo funcionan las tarjetas revolving?

La tarjetas revolving funcionan como un microcrédito o una línea de crédito, y aplican unos intereses abusivos entre el 20 y el 30% (mucho más altos que los registrados por el Banco de España para créditos personales); pagando cuotas mensuales bajas y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente. Por una compra de 800€ puedes acabar pagando 2.800€.

¿Cómo puedo saber si mi tarjeta es revolving?

Para confirmar si tu tarjeta es revolving, tienes que acudir a los recibos mensuales y buscar el tipo de interés (T.A.E. o Tasa Anual Equivalente) que el banco nos aplica. Si el T.A.E. es superior al 20%, es una tarjeta revolving.

¿Qué se puede reclamar de las tarjetas revolving?

Podemos ayudarte a reclamar la nulidad del contrato de este tipo de tarjetas de crédito y la devolución del exceso de intereses pagados. ¿Cómo reclamar?, dependerá de que estés en una u otra de estas dos situaciones:

  • Si el dinero pagado es más de lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado.
  • Si todavía no has pagado lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones; y abonar a las entidades financieras el capital prestado que te quede por pagar.

¿Cómo reclamar tarjetas revolving?

 

Reclamaciones extrajudiciales de tarjetas revolving

Para reclamar extrajudicialmente debemos ponernos en contacto con el Servicio de Atención al Cliente del banco o entidad financiera emisora de la tarjeta revolving y presentar un escrito con la reclamación.  En caso de no recibir respuesta o de que esta sea negativa, el consumidor podrá acudir al Banco de España y presentar un recurso.

Para éste trámite no sería necesaria, pero si muy aconsejable la presencia de un abogado, ya que las entidades tienden a no contestar y en el mejor de los casos, si ofrecen un acuerdo, no suele ser todo lo beneficioso que podría ser para el cliente, aprovechando del desconocimiento en normativa bancaria de los consumidores. Por eso antes de firmar ningún acuerdo es siempre recomendable que lo vea un abogado.

Reclamaciones judiciales de tarjetas revolving

Para reclamar judicialmente por una tarjeta Revolving si es necesario contar con un abogado y un procurador. Lo primero que haríamos, si no lo ha hecho el cliente ya, es formalizar una reclamación extrajudicial, con intención de que el afectado recupere lo que le pertenece sin tener que llegar a juicio. Las entidades suelen responder antes a las reclamaciones suscritas por un despacho de abogados y en algunas ocasiones ofrecen buenos acuerdos con el fin de no llegar a juicio porque con una sentencia en contra, además de devolver al cliente lo que les corresponda muy probablemente tengan que pagar las costas y les saldría más caro. En caso de no ofrecer pacto, solo con solicitarlo ya estás demostrando buena fe, agotando las vías extrajudiciales pertinentes para no llegar a juicio.

En el caso que no haya acuerdo, interpondríamos una demanda, y el litgio será resuelto por el juez en una sentencia.

En la actualidad, afortunadamente, existe una jurisprudencia muy clara y sólida en materia de tarjetas de revolving. Desde Aliats-Legal, diseñaremos una estrategia adaptada expresamente a su caso, no litigamos con demandas tipo, alegando lo que en cada caso proceda, usura, falta de transparencia, vicio en el consentimiento…

Generalmente, en este tipo de pleitos el fundamento  está en la transparencia que exige la nueva normativa de revolving que entró en vigor el 2 de enero, por otro, la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura.

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso 

o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades

mentales. Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias.  

Esta ley tan antigua no especifica cúal es un interés notablemente superior al normal del dinero. Cuestión que ha resuelto el Tribunal Supremo en sentencia del 4 de marzo de 2020, tachando como usurario aquel interés que supere el doble del interés medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo de la época en la que se concertó el contrato.  

¿Qué documentación necesitaremos para reclamar las tarjetas revolving?

  • Recibos o liquidaciones de la tarjeta, se suelen recibir por correo o a través de la plataforma on line. Si no los tienes, te ayudamos a conseguirlos.
  • Contrato de la tarjeta revolving, no es necesario en todos los casos pero si se precisara y no lo tienes, te ayudamos a conseguirlo.

Sentencias más relevantes sobre tarjetas Revolving

Han sido muchas las sentencias de tarjetas revolving dictadas a favor del consumidor por parte de juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales. Pese a que los bancos han ido recurriendo, el Tribunal Supremo se pronunciaba el 4 de marzo de 2020

Sentencia del Tribunal Supremo del 4 de marzo del 2020

El Tribunal Supremo amparándose en la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, en su Sentencia de fecha de 25 de noviembre de 2015 anuló una tarjeta revolving, por considerar que su tipo establecido en el 24,60% TAE era usurero. La contratación de la tarjeta fue en junio de 2001, siendo en ese momento el doble del interés medio ordinario en las operaciones de consumo.

El 4 de marzo conocíamos una nueva sentencia del Supremo que respondía a un recurso interpuesto por la entidad financiera demandada, confirmando la usura de una de sus tarjetas revolving. En el caso en cuestión, se trata de un contrato del 2012, con tipo remuneratorio de 26,82% TAE, llegando incluso al 27,24% en el momento de presentación de la demanda. Al ser el tipo de interés medio del crédito para operaciones de tarjetas de crédito y revolving, entorno al 20% anual, el tipo remuneratorio se considera muy elevado y una diferencia apreciable los 7 puntos básicos de diferencia.

Por lo tanto, si estás dentro del laberinto de las tarjetas revolving, las noticias son muy positivas para ti.  

 

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